¿De dónde venimos y a dónde vamos (en número de solicitudes)?

Introducción

Se expone la evolución del número de solicitudes de patente de origen español desde 2008, considerando 4 series:

  • Solicitudes nacionales de patente (Fuente: OEPMESTAD)
  • Solicitudes internacionales PCT (Fuente: WIPO STAT)
  • Solicitudes europeas directas. (Fuente: WIPO STAT y EPO). La EPO incluye dentro de su agregado «EPO filings» tanto las solicitudes internacionales PCT como las solicitudes europeas directas. Restando las solicitudes PCT de «EPO filings» resultan las solicitudes europeas directas.
  • Total: la suma de las 3 series.

En todos los casos, una solicitud es de origen español cuando su primer solicitante es residente en España.

Tomo como referencia el año 2008, fecha en la que el número de solicitudes nacionales de patente llega al máximo. Podría haber ido más atrás, pero 8 años parecen suficientes para ver qué ha pasado, aventurar las causas y vaticinar qué pasará en el futuro.

Pueden encontrar información más detallada en algunos aspectos (desglose por sectores técnicos, CCAA,…) de la evolución de solicitudes de origen español en la publicación «El sistema de patentes en 2015«, elaborado por @gianlluis.

Situación actual

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Las solicitudes de patente nacional bajan bastante (-23%) y de manera sostenida. Las solicitudes PCT y EPO tienen una tendencia ligeramente creciente y acumulan aumentos del 10% y 28%, respectivamente, en el periodo analizado.

Hasta 2012, el aumento de PCT y EPO compensó la disminución de solicitudes nacionales, pero a partir de 2013 la suma de las tres vías se pone en negativo, cayendo hasta casi un 10% en 2015.

Me parece significativo el estancamiento de las solicitudes PCT y la tendencia creciente pero volátil de las europeas directas. Como muestra un botón sectorial:

Trasvase internacional

Las gráficas sugieren un cierto trasvase de solicitudes nacionales a europeas y PCT: los solicitantes presentarían directamente (sin prioridad española) una solicitud europea o PCT . Ahora bien, esto no es fácilmente verificable, ya que los datos que ofrecen EPO y OMPI en sus estadísticas no distinguen solicitudes con/sin prioridad.

trasvase

No obstante, podemos usar las bases de datos de patente, para valorar las variaciones en el porcentaje de solicitudes EPO y PCT publicadas de origen español que no tienen prioridad, teniendo presentes las siguientes limitaciones:

  • las solicitudes publicadas son una parte de las solicitudes presentadas
  • las fechas de publicación son entre 6 y 18 meses posteriores a las de solicitud (6 meses desde la fecha de solicitud si tiene prioridad, 18 meses desde la fecha de solicitud en caso contrario).
  • las bases de datos gratuitas que conozco no tienen un campo de «primer solicitante». Considero origen español cuando todos los solicitantes son españoles (las estadísticas de solicitudes consideran origen español cuando el primero de los solicitantes es español).

Solicitudes PCT. Con un poco de paciencia y PatentScope, he obtenido la siguiente tabla. Los datos para 2016 son estimaciones multiplicando por 2 el dato actual (estamos a mitad de año).

pct_prio

Las PCT de origen ES sin prioridad descienden ligeramente (del 15% al 13%), pero lo más significativo es el aumento de solicitudes de origen ES con prioridad EP (del 8% al 20%) y la disminución de solicitudes con prioridad ES (del 73% al 63%). Esto sugiere que cada vez más los solicitantes ES acuden a la vía PCT después de pasar por la europea y sin pasar por la nacional.

En el periodo analizado, el CSIC es el líder tanto en el total de PCT como en las de prioridad ES; Laboratorios del Dr. Esteve es el solicitante con más PCTs de prioridad EP y Telefónica encabeza la lista de solicitantes PCT sin prioridad.

Solicitudes europeas. Espacenet es una base de datos mucho más limitada que PatentScope para hacer este tipo de búsquedas, por lo que he usado la base de datos gratuita EPAB, también de la EPO, que tiene las solicitudes EPO publicadas. Con otro tanto de paciencia, obtengo la siguiente tabla. Los datos para 2016 son estimaciones multiplicando por 2 el dato actual (estamos a mitad de año)

epdirect

En primer lugar, considero el conjunto de solicitudes europeas publicadas cuyos solicitantes son todos españoles. Luego distingo aquellas solicitudes europeas que provienen de una PCT  (las EUROPCT) de las que no provienen de una PCT (EPDIRECT). Por último, dentro de las EPDIRECT, indico las que tienen prioridad española y las que no tienen prioridad.

La proporción EUROPCT-EPDIRECT se mantiene practicamente constante y muy cercana al 50-50: los solicitantes españoles, en su conjunto, no prefieren más la vía directa (EPDIRECT) frente a la vía PCT (EUROPCT) para proteger sus invenciones en la EPO.

Sin embargo, dentro de las europeas directas, se produce en estos años el sorpasso claro de las solicitudes sin prioridad a las solicitudes con prioridad española. En efecto, el porcentaje representado por  las solicitudes sin prioridad sube del 42% al 66%, mientras que el porcentaje representado por  las solicitudes con prioridad española baja del 55% al 27%. Los solicitantes españoles cada vez más presentan sus solicitudes directas ante la EPO sin prioridad española.

Laboratorios del Dr. Esteve es el lider en 3 frentes: solicitudes europeas publicadas, solicitudes europeas directas publicadas y solicitudes europeas directas publicadas sin prioridad. 

El CSIC encabeza la lista de europctsSEAT la de  solicitudes directas publicadas con prioridad española.

¿Qué está pasando?

Parece claro que, cada vez más, los solicitantes españoles prefieren la EPO como punto de partida para proteger internacionalmente sus invenciones.

Si bien el descenso del número de solicitudes nacionales tiene varios factores, sin duda uno de ellos es que para la internacionalización los solicitantes se apoyan cada vez menos en una solicitud nacional prioritaria.

Son más los solicitantes que optan por pasar primero por el sistema PCT y luego entrar en fase regional en la EPO (europct) que al revés (ir a la EPO y luego pedir la PCT reivindicando la prioridad europea). Sin embargo, la segunda vía (EPO->PCT) está aumentando significativamente su importancia.

¿Por qué esta pasando?

Una de las razones es la propia internacionalización de la economía española, que cada vez hace más atractiva la protección en el extranjero de las innovaciones frente a la protección unicamente en España. Las exportaciones han pasado de representar el 17% del PIB en 2008 al 24% en 2014.Dado que la internacionalización en patentes pasa en la mayoría de los casos españoles necesariamente por Europa y, por tanto, por la EPO, el uso directo del inglés para redactar la solicitud empieza a ser menos raro. En el proceso de protección, la prioridad española no se ve como algo esencial que, además, genera un coste.

La EPO tiene una reputación de calidad indudable, siendo la autoridad de búsqueda internacional (ISA) del PCT más demandada. La OEPM no puede competir en precios con la EPO por el oscuro protocolo de centralización (todas las autoridades de búsqueda europeas tienen que tener los mismos precios). Además, en principio, los solicitantes nacionales que acuden al PCT están más interesados  en la patente europea que en la nacional, por lo que preferirán que haga el informe de búsqueda internacional el examinador de la EPO que verá posteriormente su europct (o que ha visto su europea directa). Por tanto, se puede concluir que el solicitante nacional de PCT prefiere a la EPO frente a la OEPM como ISA.

El RD 1123/1995 establece que las solicitudes internacionales formuladas por personas físicas o jurídicas que tengan su domicilio o su sede en España, y que no reivindiquen la prioridad de un depósito anterior en España, deberán ser depositadas ante la OEPM. La OEPM, como oficina receptora del PCT, permite solo el castellano como idioma de la solicitud, por lo que el solicitante tendrá que traducir posteriormente al inglés (francés o alemán) la solicitud si quiere que la EPO sea su ISA. Por tanto, en el PCT un solicitante español que quiera cumplir la normativa y que a la vez quiera que la EPO le haga la búsqueda internacional tendrá que traducir del español al inglés (o la prioridad o la solicitud internacional), teniendo siempre efectos jurídicos el texto en español para determinar la protección (la prioridad o la solicitud internacional).

El RD2245/1986 establece que cuando el solicitante de una patente europea tenga su domicilio o sede social en España o su residencia habitual o establecimiento permanente en España y no reivindique la prioridad de un depósito anterior en España, deberá presentar necesariamente la solicitud en la OEPM o en las Comunidades Autónomas autorizadas para recibirlas. La solicitud se presentará en inglés, francés o alemán, acompañada de una traducción al español de la descripción y de las reivindicaciones. Por tanto, un solicitante español que quiera cumplir la normativa puede presentar una solicitud europea en inglés acompañada de una traducción que no tendrá efectos jurídicos. Luego puede pedir una PCT en base a esta solicitud europea y que la EPO le haga el informe de búsqueda internacional.

Tanto en un caso como en el otro, aunque se exime de la obligación a las solicitudes que tengan prioridad, no se puede (sin incumplir la normativa) presentar hoy la solicitud prioritaria en la OEPM y mañana en Munich la europea o la PCT. Por motivos de seguridad nacional, las solicitudes son declaradas secretas por un plazo mínimo de 2 meses, el solicitante tiene que esperar a que transcurra ese plazo a menos que la OEPM lo autorice expresamente antes (porque no interesa a la defensa nacional). Los mismos motivos y el mismo plazo operan en caso de que no haya prioridad: la solicitud europea o PCT sin prioridad presentada en España no sale de España hasta que no supere el trámite de defensa nacional. Además, el Código Penal impone penas de hasta 2 años de prisión al que intencionadamente haya divulgado la invención objeto de una solicitud de patente secreta. El problema es que solo cuando la europea o la PCT se presentan ante la OEPM puede ser declarada secreta en el sentido del Código Penal. Por tanto, en la práctica, no hay ninguna consecuencia por el incumplimiento de la normativa, ni penal, ni administrativa.

Por último, programas de subvenciones de la OEPM a la internacionalización de patentes vienen frenando esta tendencia al exigir una solicitud prioritaria española o que la PCT o la europea se presenten en España. No obstante, las últimas convocatorias de subvenciones han excluido como beneficiarios a las entidades del sector público, lo que hace que Universidades, CSIC y resto de OPIs ya no están sujetas a este freno.

Todo esto junto explica, en parte, «lo que está pasando».

¿Qué pasará?

Con la nueva ley de patentes, el examen previo será obligatorio, se elimina el aplazamiento de tasas y se exige la mayor parte de las tasas al inicio de la solicitud: está claro que a corto plazo el número de solicitudes nacionales bajará, aunque no creo que pierda ningún año el suelo de las 2000 solicitudes.

La nueva ley de patentes eleva a rango legal algunas disposiciones de los RD1123/1995 y RD2245/1986, modificándolas de manera crucial en el camino.

Así, para PCT, cuando se trate de invenciones realizadas en España, y no se reivindique la prioridad de un depósito anterior en España, la solicitud internacional deberá ser presentada en la Oficina Española de Patentes y Marcas. El incumplimiento de esta obligación privará de efectos en España a la solicitud internacional [¿y por tanto no podrá entrar en fase nacional en España en base a dicha solicitud?]

Y para patente europea, cuando se trate de invenciones realizadas en España y no se reivindique la prioridad de un depósito anterior en España, la solicitud de patente europea habrá de presentarse necesariamente en la OEPM o en las Comunidades Autónomas competentes .  A falta de cumplimiento de esta obligación, la patente [europea] no producirá efectos en España. Estas solicitudes podrán estar redactadas en cualquiera de los idiomas previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 14 del CPE. Si lo fueran en idioma distinto del español, la Oficina Española de Patentes y Marcas podrá solicitar una traducción al español, de acuerdo con lo que se disponga reglamentariamente.

Parece claro que la perspectiva del castigo inducirá a los solicitantes a portarse «bien» en el futuro. Hasta ahora salía gratis saltarse la frontera con el contrabando de patentes, pero con la nueva ley tendrá consecuencias administrativas: la invención no tendrá efectos en España. Además, la nueva ley acorta de dos meses a uno, el plazo durante el cual la solicitud será secreta y se regula la autorización de la OEPM. Esto tendrá como consecuencias que las solicitantes presentarán en España sus PCTs y europeas sin prioridad, pero no creo que aumente el número de solicitudes nacionales.

Sin embargo, la nueva regulación acentúa la asimetría entre la presentación de solicitudes EPO y PCT sin prioridad: si la PCT se presenta en España se tiene que seguir presentando en español, pero la europea se puede presentar en inglés y la OEPM podrá solicitar (o no) una traducción (ahora hay que presentar una traducción, sí o sí, aunque no tenga efectos; con la nueva ley solo cuando lo pida la OEPM). Esto tendrá el efecto de aumentar el atractivo de la EPO con lo que seguirá aumentando el número de solicitudes EPO directas sin prioridad, se frenará el de PCTs sin prioridad y aumentará el de PCTs con prioridad EPO.

Teniendo en cuenta lo anterior, me aventuro a vaticinar lo siguiente para el corto plazo.

  • solicitudes nacionales a la baja, por la tendencia actual  y los cambios de la nueva ley, que entrará en vigor en abril de 2017.
  • solicitudes europeas directas al alza, en particular las solicitudes sin prioridad, con un aumento de las solicitudes europeas directas de origen español presentadas en España.
  • solicitudes PCT estancadas o ligeramente al alza: la preferencia creciente de los solicitantes a pedir la europea antes de la PCT hará que algunas se queden en el camino (las que reciben un informe de búsqueda claramente desfavorable). También aumentarán las solicitudes PCT sin prioridad de origen español presentadas en España.

vaticinios

Evidentemente me equivocaré. Sírvanse de los comentarios para jugar a pitonisos. Me parece que estamos en una disquisición que no conduce a parte alguna, pero hagamos una porra: ganará un móvil perpetuo quien más se aproxime al número de solicitudes nacionales en 2017.

 

9 Responses to ¿De dónde venimos y a dónde vamos (en número de solicitudes)?

  1. Arturo dice:

    Muy buen análisis, gracias por poner de relieve todos estos factores, y antes de nada enhorabuena por el blog. Coincido en la mayor parte de lo que expones, excepto en que es posible que el descenso de las solicitudes nacionales no sea tan acusado como has previsto. Pese a la exigencia del pago de las tasas del IET al principio, por la entrada de la nueva Ley, no es necesario su pago para obtener el derecho de prioridad (y evitar el «castigo» previsto posteriormente). Por tanto, el efecto de este cambio no debería ser muy acusado. Desde el punto de vista estratégico, con el único fin de generar una prioridad y tener un año para ir valorando la tecnología y el mercado, es perfectamente factible, salvo que me equivoque, seguir empleando la vía nacional.

    Si creo, en cambio, que la lengua tiene un mayor efecto en la elección de la vía de solicitud. Teniendo en cuenta que un buen porcentaje de las solicitudes nacionales provienen de centros públicos (comentas en el artículo el caso del CSIC), la decisión de solicitar una prioritaria de una manera u otra va a depender de como faciliten los inventores la información (el idioma), y del tiempo disponible para realizar la publicación antes de que sea publicada por otros medios (pese a los esfuerzos que se han hecho durante años en este aspecto, la realidad sigue siendo ésta).

    Una cosa que en mi opinión haría que un mayor número de solicitantes eligieran la vía nacional como opción para una primera solicitud, sería que la OEPM redujera aún más los tiempos para tener un IET. Creo que hay un compromiso de tenerlo a los 10 meses, lo cual es un tiempo muy bueno y un esfuerzo notable por la OEPM. Pero si hubiera un compromiso, por ejemplo, de tenerlo dentro de los 6 primeros meses, como en la EPO, los solicitantes ya valorarían varias cosas:
    – el idioma en el que se encuentra la información inicial,
    – las tasas para tener una primera opinión, que son mucho menores en la OEPM que en la EPO o en la PCT.

    A igualdad de tiempo (6 meses) es posible que muchos solicitantes (nacionales y de otros países con idioma español) emplearan la vía nacional a través de la OEPM, no únicamente a efectos de prioridad, sino para tener una primera opinión en casos de incertidumbre, dado que las tasas son mucho menores y habría suficiente tiempo para maniobrar y tomar diversas decisiones. Supongo que será un esfuerzo grande el que tendría que hacer la OEPM, pero sería, en mi opinión (la realidad igual nos dice otra cosa), una manera de potenciar e incrementar el número de solicitudes nacionales.

    • Muchas gracias por tu comentario, Arturo.

      Respecto al descenso de las solicitudes nacionales que preveo, ya digo que es una pura especulación. Espero equivocarme y que el descenso sea menor.

      En efecto, estoy de acuerdo en que puedes obtener una prioridad española sin pagar, ya que el pago de las tasas no es necesario para la asignación de fecha de presentación. Sin embargo, entiendo que eso ya lo puedes hacer con la actual ley, por lo que no tendría un efecto diferencial.

      También estoy de acuerdo contigo en que la OEPM puede competir mejor contra la EPO por los «first filings» si disminuye el tiempo de emisión del IET al mismo nivel que la EPO (6 meses, según indicas).

  2. Benjamín dice:

    Como siempre enhorabuena por el estudio!

    Este fenómeno de trasvase me parece especialmente interesante, es más en general hemos observado que cada vez, y a nivel mundial, hay un auténtico fenómeno de “fórum shopping” , algunos más estudiados como los que indica Grupp y Schmoch (1999) con países con propensión a patentar en jurisdicciones diferentes a la propia; así gran parte de las invenciones de canadienses (inventores o titulares) no tienen prioridad de Canadá si no de EE.UU., este efecto también se observa en otros países como Suiza y Bélgica con Alemania, y Corea con Japón, pero el caso de España por fin vemos alguien lo documenta, muchas gracias!
    (En su momento hicimos una estimación que se acercaba a tus números, porque muchos nos preguntaban si la caída de patentes españolas se debía a este fenómeno exclusivamente. Por eso me alegró mucho ver tu estudio, que sin duda mucho más acertado y exhaustivo http://www.clarkemodet.com/es/actualidad/blog/2015/09/notas-sobre-la-alarma-en-las-solicitudes-de-patentes-en-España.html#.V6Is6OtJmXA)

    Me surgen muchos temas de tu estudio:

    ¿Debería haber hecho España como Holanda en 2011 con su nueva ley de patentes? hacerla complementaria con la europea, eliminando el procedimiento de examen previo, en vez de crear un sistema sustitutivo.

    ¿En tu opinión, tras el 1 de abril de 2017 un tercero podría invocar los RD 1123/1995 y RD2245/1986 para desactivar patentes de otro solicitante en España? Además del trasvase de patentes de empresas nacionales hay muchas multinacionales con filiales y centros de investigación en España donde es la matriz la que patenta. En este sentido, en un estudio interno que hicimos recientemente detectamos cerca de 7000 solicitudes de patentes realizadas entre 2011 y 2015, sin prioridad España, de patentes de solicitantes no españoles pero que cuentan con inventores españoles, bastantes de ellos pueden ser este caso.

    … mejor no abuso

    Ahh ¿Por cierto, nos apuntamos a la porra jajaja cómo te la enviamos? Que un móvil perpetuo no se gana todos los días

    Un abrazo!!

    • Muchas gracias por tu comentario, Benjamín.

      El caso es que leí vuestra estimación el año pasado, pero no la recordé al redactar la entrada. Mis disculpas. Leyéndolo ahora creo que tus conclusiones son parecidas (cuota de PCTs sin prioridad estable, cuota de europeas sin prioridad creciente).

      Creo que en España se ha hecho lo correcto implantando el examen previo obligatorio. Nadie llorará por la mayoría de patentes que se van a dejar de presentar por este cambio.

      No conozco en profundidad el sistema holandés, pero no creo que sea comparable al español. Las patentes holandesas se pueden presentar en inglés y la EPO en La Haya ha fagocitado las funciones de la Oficina Holandesa, que es ya poco más que un apendice de una agencia empresarial estatal.

      http://english.rvo.nl/topics/innovation/patents-other-ip-rights/organisation/history/history-our-organisation

      Los Reales Decretos se incorporan a le ley a partir de 2017 junto con el régimen sancionador (falta de efectos de la europea o la PCT). Intuyo que será un tema controvertido y litigioso.

      Contrabando de invenciones

      Las multinacionales que mencionas son en algunos casos muy importantes cuantitativamente (p.e. BSH, HP). Sería interesante analizar ese conjunto (patentes de inventores españoles y de solicitantes no-españoles), su evolución y estrategia de protección.

      Para la porra simplemente hay que indicar en los comentarios cuantas patentes nacionales se presentarán en 2017. Yo digo 2600:-)

  3. Benjamín dice:

    Muchas gracias Francisco

    Ahí va mi apuesta, soy un poco más pesimista y espero me equivoque.. 2550 patentes pata 2017 y 2500 para 2018.

    La verdad es que va a ser un periodo muy interesante, así que seguro correrán ríos de tinta o de caracteres sobre estos temas.

    Por cierto, insisto, estudios tan precisos como el tuyo no los he visto, nosotros sólo hicimos una aproximación pero nada que ver.

    Un abrazo!

  4. @EstrategiaPI 2000

  5. @_Inventores <1500

  6. @sergOlite 2250

  7. […] si era esperado que… HE GANADO UN MÓVIL PERPETUO en la porra que @franciscocho […]

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